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CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN - COMPRADOR

I. CONCEPTOS BÁSICOS. SERVICIOS DE SALA

1.- DEFINICIÓN

La Sala es un centro de contratación, cuyo objeto viene constituido por la venta en remate, previa subasta voluntaria, de los bienes, objetos artísticos o de similar naturaleza que le son encomendados a tal fin.

En consecuencia, la Sala actúa como mediadora entre el propietario y/o vendedor de cada lote, en nombre de éste, y los posibles compradores, salvo cuando declara que la venta es de lotes propios en que lo hace en nombre de “DURÁN SALA DE ARTE, S.A.”.

2.- EXPOSICIÓN

Los lotes que han de subastarse serán expuestos previamente a la subasta en los locales de la empresa, a fin de permitir un perfecto examen y conocimiento de los mismos a los posibles compradores.

3.- ESTADO DE LOS LOTES

Los lotes se subastarán en el estado en que se encuentren, no aceptando la Sala ninguna responsabilidad ni reclamación sobre restauraciones, desperfectos, roturas, etc., que aquéllos pudieran presentar, aunque no se hayan hecho constar en el catálogo. La exposición de los lotes tiene por finalidad permitir un perfecto examen y estudio de los mismos.

Hasta el momento de la Subasta, el personal de la Sala se encuentra a disposición de los interesados para ofrecer las aclaraciones que éstos pudieran solicitar sobre cualquiera de los lotes.

4.- DATOS DEL CATÁLOGO

Toda declaración contenida en el catálogo relativa al autor, autenticidad, origen, antigüedad, procedencia, medidas y estado del lote (ver ap. IV Condiciones), se forma sobre la base de las manifestaciones de sus propietarios y/o vendedores, y en su caso, cuando así hubiese sido expresamente solicitada por aquéllos, después de una cuidada investigación y asesoramiento; pero, sobre su exactitud, la Sala no acepta responsabilidad alguna. De acuerdo con la costumbre internacional, los lotes catalogados se venden con todas sus eventuales faltas e imperfecciones, incluso errores de descripción en el catálogo, debiendo los compradores, a estos efectos, cerciorarse antes de la subasta de que la descripción concuerda con su opinión personal sobre el respectivo lote.

5.- ORGANIZACIÓN DE LOTES

La Sala se reserva el derecho de organizar los lotes, cambiarlos o subdividirlos en varios, de conformidad a su prudente y experto criterio; podrá asimismo combinar dos o más lotes y retirarlos por causa justificada.

6.- ADMISIÓN DE LOTES Y CIFRA DE SALIDA

La cifra de salida de cada lote en la subasta, se determina de mutuo acuerdo entre la Sala y el propietario/vendedor; a cuyo fin, la Sala traslada al propietario/vendedor su mejor criterio y experiencia derivados de su intervención, como mediadora, en operaciones precedentes y análogas.

La cifra de salida de cada lote se especifica en el catálogo y no tiene porqué guardar relación con el valor del objeto en cuestión, siendo generalmente muy inferior. La cifra de salida constituirá el precio mínimo de venta, salvo los casos excepcionales en que se haya pactado una reserva con el depositante/vendedor, o la Sala haya decido establecerla discrecionalmente.

7.- USO Y NORMAS

En su carácter de mediadora, la Sala se acomodará, al llevar a cabo la subasta de los lotes que se le encomienden a tal fin, a las normas en cada momento aplicables y vigentes, así como a los usos comerciales por los que tradicionalmente viene rigiéndose este tipo de operaciones, que se basan en el principio de la buena fe.

8.- ESCALA DE PUJAS

Las pujas se establecerán y/o incrementarán con arreglo a la siguiente escala:

 

EscalaImporte Puja
De50 €hasta100 €5 €
De101 €hasta200 €10 €
De201 €hasta500 €25 €
De501 €hasta1.000€50 €
De1.001 €hasta2.000 €100 €
De2.001 €hasta5.000 €250 €
De5.001 €hasta10.000 €500 €
De10.001 €hasta20.000 €1.000 €
De 20.001 € hasta50.000 €2.500 €
De50.001 €hasta100.000 €5.000 €
De100.001 €hasta200.000 €10.000 €
De200.001 €hasta500.000 €25.000 €
De500.000 €hastaen adelante50.000 €

 

                                                                                 
En cualquier caso, de conformidad a su experiencia, la Sala podrá variar el sistema de pujas en casos concretos.

9.- INCREMENTO MÍNIMO

El Director de la subasta tiene derecho a rechazar toda puja que no sobrepase la precedente en la cuantía en cada caso aplicable. El propio Director de la subasta podrá pedir la ratificación de una puja realizada.

10.- ADJUDICACIÓN AL MEJOR POSTOR Y DESACUERDOS

Los lotes se adjudicarán al mejor postor. El desacuerdo entre dos o más licitadores o postores sobre la cantidad que ha constituido la puja más alta y, en general, cualquier diferencia que surja entre los licitadores de una subasta, será dirimida por el Director de la subasta, que adjudicará el lote a quien estime oportuno, de manera inapelable. Si el Director de la subasta no resolviera sobre la marcha el desacuerdo o la diferencia surgida entre postores, la Sala tendrá la facultad de proceder a una nueva subasta del lote en cuestión en la misma sesión o en la inmediata siguiente, o bien podrá proceder a una subasta privada del mismo.

11.- GASTOS DE EMBALAJE Y TRANSPORTE. PERMISOS ESPECIALES

Los gastos de embalaje y transporte del lote adjudicado serán siempre por cuenta del adjudicatario/comprador, y de su exclusiva responsabilidad los daños que pudieran ocasionarse al mismo durante su transporte.

El adjudicatario/comprador es responsable de obtener y de aportar donde corresponda, a su exclusiva cuenta y cargo, la documentación legal y administrativa, licencias y permisos de cualquier clase, incluidos los de exportación e importación, que sean eventualmente requeridos por las Autoridades Públicas y Administraciones, nacionales e internacionales, para el legal transporte de los lotes adjudicados y/o adquiridos en la Sala.

12.- SERVICIO DE INFORMACIÓN

La Sala pone a disposición del público, durante los días y horas de exposición, un servicio de atención constituido por un grupo de expertos, que informarán sobre el estado de conservación, autor a quien se atribuye, precios de mercado, o sobre cualquier otro dato relacionado con los lotes incluidos en los catálogos de las subastas.

Dicho servicio de atención al público se prestará conforme a principios de buena fe y de razonable y fundado criterio de la Sala adquirido con la experiencia, pero sin asumir ésta responsabilidad alguna en cuanto a las informaciones y opiniones facilitadas.

13.- SERVICIO DE VALORACIONES

La Sala dispone de un servicio de valoración que realiza tasaciones por escrito para seguros, testamentarias, repartos de bienes, adjudicaciones en pago de deudas y otros, realizando estas tasaciones, en el caso de bibliotecas, libros y manuscritos, previo presupuesto debidamente aceptado, o bien, cuando se trate de pinturas, joyas y otros objetos de arte, con arreglo a las siguientes tarifas:

  • 2% sobre una valoración total inferior a 9.000 €
  • 1,5% de 9.000 a 30.000 €
  • 1% sobre una valoración total superior a 30.000 €

Las indicadas tarifas no incluyen el I.V.A., así como tampoco incluyen los gastos y dietas que se produzcan con ocasión de la prestación de los servicios de valoración fuera del término municipal de Madrid Capital.

II. COMPRADOR

14.- REFERENCIAS

Las personas que deseen pujar en la subasta deberán presentar su D.N.I. o documento de identidad válido provisto de fotografía. Si la puja la realiza en nombre de un tercero deberá aportar autorización escrita acompañada de D.N.I. o documento de identificación válido. Si es persona jurídica aportará escritura pública de constitución, tarjeta acreditativa del Número de Identificación Fiscal (N.I.F.) así como documento que acredite poderes suficientes para actuar en  nombre de la sociedad.
Cuando se trate de clientes nuevos Durán guardará copia de los documentos aportados en sus archivos.
Del mismo modo, la Sala podrá requerir del adjudicatario/comprador de uno o varios lotes, siempre que lo considere conveniente, referencias bancarias u otro tipo de garantías.
La Sala y el Director de la subasta, podrán rehusar cualquier puja sin necesidad de justificación o explicación alguna.

15.- COMPROBACIÓN DE LOS OBJETOS

Durante la exposición de los lotes, quien desee participar en una subasta deberá comprobar el estado y demás condiciones del objeto que desee adquirir, a fin de cerciorarse sobre si la descripción del catálogo concuerda con su apreciación.

16.- PUJAS POR ESCRITO Y POR TELEFONO

La Sala podrá pujar, haciendo públicas, en su momento, y según las circunstancias de cada subasta, las ofertas que reciba por escrito de licitadores o postores, formalizadas en los impresos facilitados para ello por la Sala o por cualquier otro medio electrónico o telemático. Este servicio es gratuito. Los lotes se adjudicarán al precio más bajo que permitan las demás pujas y cifras de reserva, si hubieran sido éstas establecidas.
Si se recibe más de una oferta por escrito para un mismo lote, por la misma cantidad, se reconocerá prioridad, a efectos de su eventual adjudicación en subasta, a la primera oferta que reciba la Sala, según su fecha y hora de recepción. La Sala se reserva el derecho de rehusar las ofertas recibidas con posterioridad a las  13:00 horas del día en que vaya a celebrarse la subasta, sin necesidad de justificación o explicación alguna.

También podrán efectuarse pujas telefónicas, en los lotes cuya cifra de salida sea igual o superior a 600 €, que igualmente habrán de ser formalizadas por escrito en los impresos facilitados para ello por la Sala o por cualquier otro medio electrónico o telemático. Una orden para realizar una puja telefónica implica que el postor se obliga, al menos, a cubrir la cifra de salida. La Sala no se hace responsable de la falta de contacto telefónico o de la pérdida del mismo. En este caso, la Sala cubrirá la cifra de salida por el postor.

En caso de empate entre una puja realizada en la Sala y una oferta efectuada por escrito, tendrá preferencia esta última.

17.- ADJUDICACIÓN Y GASTOS DE ALMACENAJE

Las personas que deseen pujar en la subasta deberán rellenar el impreso de solicitud de paleta acreditativa de sus futuras compras y de la conformidad con las condiciones de la subasta, que se facilitará por la Sala en las mesas dispuestas al efecto, donde se entregará a cada postor, a continuación, el número correspondiente. La Sala solicitará la presentación del D.N.I. o documento de identidad válido provisto de fotografía. Si la inscripción la realiza en nombre de un tercero deberá aportar autorización escrita acompañada de D.N.I. o documento de identificación válido. Si es persona jurídica aportará escritura pública de constitución, tarjeta acreditativa del Número de Identificación Fiscal (N.I.F.) así como documento que acredite poderes suficientes para actuar en  nombre de la sociedad.
Cuando se trate de clientes nuevos Durán guardará copia de los documentos aportados en sus archivos.

Los lotes adjudicados deberán ser pagados por el adjudicatario/comprador en el plazo máximo de diez días y retirados en el plazo máximo de VEINTE DIAS NATURALES, ambos plazos a contar desde la fecha de adjudicación en la subasta. Transcurrido este último plazo sin que el adjudicatario/comprador haya retirado el lote o lotes adquiridos, se devengarán unos gastos de custodia y almacenamiento por lote y día de 6 €. Transcurridos treinta días naturales desde la fecha de la subasta sin que el comprador haya pagado y/o retirado los lotes, Durán Sala de Arte, S.A. podrá dar por rescindida la venta sin perjuicio de las acciones legales que, ante tal situación, pudiera tomar. En cuanto a los daños que eventualmente se ocasionen en los lotes adjudicados, serán de la exclusiva responsabilidad del adjudicatario/comprador.

18.- DERECHOS O CORRETAJE DE LA SALA

El montante que el adjudicatario/comprador abonará a la Sala en concepto de derechos o corretaje por su mediación en la operación e impuestos incluido el I.V.A. asumidos por la Sala, será el 21% sobre el precio de remate. Las cantidades que correspondan por gastos de embalaje, seguro, transporte y almacenamiento de los lotes, según se devenguen con posterioridad a la adjudicación, serán satisfechos independientemente a la Sala, junto con sus correspondientes impuestos, por el adjudicatario/comprador.

III.- OTROS

19.- DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL

Los derechos de los autores y de sus herederos sobre sus obras y creaciones se respetarán con arreglo a la Ley de Propiedad Intelectual.

20.- I.V.A. Y TRIBUTOS

Salvo que otra cosa se diga expresamente en algún otro lugar de estas Condiciones Generales, todas las cifras, tarifas e importes que en las mismas se indican se entenderán expresados sin incluir el I.V.A. o cualquier otro tributo que fuese exigible.

21.- SUMISIÓN Y LEY APLICABLE

En el caso de que surgieran discrepancias entre las partes por razón de las operaciones de subasta, el depositante/vendedor, el adjudicatario/comprador y la propia Sala, con renuncia a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, se someten a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Madrid.

Las operaciones en que interviene la Sala, en cuanto a su calificación jurídica y efectos consiguientes, quedan sometidas a las normas del Derecho Español y más en concreto a los preceptos que regulan los contratos de mediación y de depósito.

22.- DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

En cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se informa de que los datos personales recabados con ocasión de la contratación de los servicios de mediación ofrecidos por “DURÁN SALA DE ARTE S.A.” serán almacenados en ficheros, propiedad de la empresa, con la finalidad de establecer una base de datos de clientes y a efectos informativos. Igualmente, se informa de que tales ficheros podrán ser cedidos a otras sociedades del Grupo de Empresas al que pertenece “DURÁN SALA DE ARTE, S.A.”, a los efectos previstos en las precedentes Condiciones 9 y 17, así como con fines informativos y de seguimiento de clientes. En este caso, los titulares de los datos personales serán debidamente informados.

Por lo mismo, en caso de que el titular de tales datos en cualquier momento quisiera ejercitar los derechos de acceso, oposición, rectificación o cancelación de sus datos personales deberá solicitarlo por escrito, aportando fotocopia del Documento Nacional de Identidad, a:

DURÁN SALA DE ARTE, S.A.
C/ Goya 19
28001 Madrid

IV. CONDICIONES ESPECÍFICAS EN MATERIA DE IDENTIFICACIÓN DE LAS OBRAS U OBJETOS

Cualquier manifestación impresa en el catálogo y referida a la autoría, autenticidad, atribución, origen, fecha, edad, procedencia y condición de los lotes es siempre la expresión de una opinión que se rige por los términos interpretativos que a continuación detallamos:

a)  FRANCISCO DE GOYA Y LUCIENTES (NOMBRE Y APELLIDOS).- Significa que, en nuestra opinión, es una obra auténtica del artista mencionado.

b)  ATRIBUIDO A FRANCISCO DE GOYA Y LUCIENTES (NOMBRE Y APELLIDOS).- Significa que, en nuestra opinión, es una obra probable del mencionado artista, pero teniendo en cuenta la existencia de opiniones contradictorias por parte de conocidos expertos o autoridades en la materia.

c)  F. DE GOYA Y LUCINTES (INICIAL O INICIALES DEL NOMBRE Y APELLIDOS).- Significa que, en nuestra opinión, es una obra de la época del artista mencionado y que puede ser total o parcialmente de su mano.

d)  TALLER DE FRANCISCO DE GOYA Y LUCIENTES (NOMBRE Y APELLIDOS).- Significa que, en nuestra opinión, es obra realizada por una mano desconocida en el taller del artista mencionado, no necesariamente bajo su dirección.

e)  CÍRCULO DE FRANCISCO DE GOYA Y LUCIENTES (NOMBRE Y APELLIDOS).- Significa que, en nuestra opinión, es obra realizada por un pintor desconocido o no identificado por nosotros, pero siguiendo aparentemente el estilo del artista mencionado, aunque no sea necesariamente su discípulo.

f)  ESTILO DE.......Y SEGUIDOR DE FRANCISCO DE GOYA. -Significa que, en nuestra opinión, es obra realizada por un pintor trabajando al estilo del artista mencionado, que puede ser o no contemporáneo suyo pero no necesariamente su discípulo.

g)  SEGÚN FRANCISCO DE GOYA.- Significa que es obra de un imitador copiando o siguiendo el estilo del artista mencionado.

h)  COPIA DE FRANCISCO DE GOYA.- Significa que, en nuestra opinión, se trata de una copia de una obra célebre del artista mencionado, con o sin variaciones de composición, color u otros matrices, realizada en época muy posterior a su ejecución.

i)  ESCUELA ESPAÑOLA SIGLO XVIII (Escuela con fecha).- Significa que, en nuestra opinión, se trata de una obra realizada por un artista de esta nacionalidad o trabajando en España y realizada en el siglo XVIII o según los cánones de esta época.

j)  ESCUELA ESPAÑOLA (Escuela sin fecha).- Significa que, en nuestra opinión, se trata de una obra realizada siguiendo el estilo de un artista español determinado o indeterminado, independientemente de la época o de la nacionalidad de su autor.

k)  El término FIRMADO significa que, en nuestra opinión, la firma es la auténtica del artista o ejecutada con su conocimiento.

l)  El término CON FIRMA DE significa que, en nuestra opinión, la firma está realizada por una mano distinta a la del artista mencionado y sin su conocimiento.

m)  El término FECHADO significa que, en nuestra opinión, la fecha es de la mano del artista mencionado.

n)  El término CON FECHA DE.... significa que, en nuestra opinión, la fecha ha sido añadida por una mano distinta a la del artista.

o)  Cuando ponemos un asterisco (*) precediendo la designación del artista, queremos significar que no conocemos más datos sobre el nombre del artista, aunque pueda ser obra auténtica.

V. OBJETOS ANTIGUOS

A efectos de catálogo, se consideran como antiguos todos los objetos que tengan más de cincuenta años a partir de la fecha de realización.

VI. RELOJES

Cuando hacemos constar que un reloj está en estado de marcha, queremos indicar que, por lo menos, contiene todas las piezas que permitan su puesta en marcha con una reparación.

VII. VINOS

Durán Sala de Arte, S.A. no garantiza el estado de conservación de los vinos.

CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN - VENDEDOR

I. CONCEPTOS BÁSICOS. SERVICIOS DE DURÁN

1.- DEFINICIÓN

Durán es un Centro de Contratación, cuyo objeto viene constituido por la venta directa o en remate, previa subasta voluntaria, de los lotes de bienes, objetos artísticos o de similar naturaleza que le son encomendados a tal fin.

En consecuencia, Durán actúa como mediadora entre el propietario y/o vendedor de cada lote, en nombre de éste, y los posibles compradores, salvo cuando declara que la venta es de lotes propios en que lo hace en nombre de “DURÁN SALA DE ARTE, S.A.”.

2.- EXPERTIZACIÓN DE LAS OBRAS Y TASACIÓN

Durán se reserva el derecho de admitir o rechazar los lotes que le sean ofrecidos para subasta o venta directa.

Con la admisión de cada lote, y siempre sobre la base de las manifestaciones efectuadas respecto del mismo por su propietario y/o vendedor, Durán procederá a su descripción en el correspondiente recibo de admisión.  

Una vez admitido un lote, según le sea entregado por el propietario y/o vendedor, Durán se constituirá en depositaria del mismo. De igual modo, procederá a su expertización y tasación por personal cualificado, así como a su restauración, enmarcado, obras de conservación y/o limpieza, todo ello en la medida que le sea expresamente solicitado por el depositante/vendedor.

El precio de las operaciones o servicios antedichos, será satisfecho por el depositante/vendedor a Durán, a discreción de la misma, de forma anticipada y separada; o bien, el correspondiente importe será detraído por Durán al efectuar al depositante/vendedor la liquidación de los lotes, una vez que éstos hayan sido vendidos o subastados y adjudicados.

3.- GASTOS DE GESTION Y REPRODUCCION

La reproducción de los lotes en los catálogos de Durán, serán por cuenta del depositante/vendedor; toda declaración contenida en el catálogo relativa al autor, origen, antigüedad, procedencia y estado del lote, se forma sobre la base de las manifestaciones de sus propietarios y/o vendedores, y en su caso, cuando así hubiese sido expresamente solicitada por aquéllos, después de una cuidada investigación y asesoramiento; pero, sobre su exactitud, Durán no acepta responsabilidad. Los compradores han de formar su propia opinión sobre los distintos extremos.

Los gastos de gestión e  inclusión con fotografía de los lotes en el catálogo, así como su reproducción mediante grabados o fotografías, serán de cuenta del depositante/vendedor, siendo sus cuantías las determinadas por la siguiente escala:

Gastos de gestión: 6 € por lote.

Gastos de gestión e inclusión con fotografía:

Valor del objetoImporte
Hasta600  15,00€
De601 a6.000€36,00€
De6.001€aen adelante 72,00€

Portada y contraportada: precio a establecer de acuerdo con el depositante/vendedor.

En el caso de libros los gastos de gestión e inclusión en catálogo serán conforme a la siguiente escala sobre la cifra de salida:

Valor del objetoImporte
Hasta600  4,50€
De601 a1.2009,00€
De1.201a1.80012,00€
De1.801a3.00024,00€
De3.001aen adelante 30,00€

El depositante/vendedor otorga a Durán el derecho a fotografiar e ilustrar cualquier lote que vaya a subastar, así como la posibilidad de utilizar dichas fotografías e ilustraciones a su absoluta discreción, incluyendo, a estos fines, el empleo de medios y soportes de tipo electrónico.

Los gastos de publicación en www.eduran.com serán de 4€ por lote.

4.- PUBLICIDAD

Si algún depositante/vendedor lo solicita, Durán puede desarrollar una campaña de publicidad, tendente a la promoción del lote a subastar y/o vender. Los precios de dicha campaña, serán convenidos adecuadamente y abonados por el dicho depositante/vendedor.

5.- EXPOSICIÓN

Los lotes que han de venderse o subastarse serán expuestos previamente en los locales de la empresa, a fin de permitir un perfecto examen y conocimiento de los mismos a los posibles compradores.

Los lotes subastados en eduran.com no estarán expuestos.

6.- ORGANIZACIÓN DE LOTES Y DISCREPANCIAS ENTRE POSTORES

Durán se reserva el derecho de organizar los lotes, cambiarlos o subdividirlos en varios, de conformidad a su prudente y experto criterio; podrá asimismo combinar dos o más lotes y retirarlos por causa justificada.

En subasta los lotes se adjudicarán al mejor postor. El desacuerdo entre dos o más licitadores o postores sobre la cantidad que ha constituido la puja más alta y, en general, cualquier diferencia que surja entre los licitadores de una subasta, será dirimida por el Director de la subasta, que adjudicará el lote a quien estime oportuno, de manera inapelable. Si el Director de la subasta no resolviera sobre la marcha el desacuerdo o la diferencia surgida entre postores, Durán tendrá la facultad de proceder a una nueva subasta del lote en cuestión en la misma sesión o en la inmediata siguiente, o bien podrá proceder a una subasta privada del mismo.

7.- USOS Y NORMAS

En su carácter de mediadora, Durán se acomodará, al llevar a cabo la venta y/o subasta de los lotes que se le encomienden a tal fin, a las normas en cada momento aplicables y vigentes, así como a los usos comerciales por los que tradicionalmente viene rigiéndose este tipo de operaciones.

8.- CIFRA DE SALIDA, SEGURO Y MODALIDAD DE VENTA

El precio de salida o base para venta directa  de cada lote, así como la modalidad de venta (subasta presencial, subasta on-line, venta directa) se determinará de mutuo acuerdo entre Durán y el depositante/vendedor; a cuyo fin, Durán trasladará a éste su mejor criterio y experiencia derivados de su intervención, como mediadora, en operaciones precedentes y análogas.

El precio de salida o base para venta directa de cada lote se especificará en su correspondiente recibo de admisión y en el catálogo y. constituirá el precio mínimo de venta, salvo los casos excepcionales en que se pueda pactar una reserva con el depositante/vendedor, o Durán decida establecerla discrecionalmente.

La empresa asegurará los lotes depositados en Durán por el precio de salida o base para venta directa, siendo a cargo del depositante/vendedor los gastos correspondientes, que serán de un 0,5 % sobre dicha cifra de salida.

9.- LOTES NO ADJUDICADOS

Los lotes subastados y no adjudicados en la sesión prevista a tal fin quedarán automáticamente consignados en venta directa en los distintos medios, sistemas y soportes electrónicos y comerciales propios o de otras sociedades del Grupo de Empresas al que pertenece.

Durán informará al depositante / vendedor del resultado de sus lotes en subasta por correo ordinario o electrónico.

El depositante / vendedor dispone de un plazo de 20 días naturales para retirar los lotes no adjudicados,  a contar desde la fecha de la sesión en que fueron subastados, abonando los gastos y servicios relacionados en las Condiciones 2, 3, 4, 8, 10, 11 y 12 según resulten en cada caso aplicables y si es que no lo hubiera hecho ya con antelación. 

Así mismo,  una vez trascurrido dicho plazo de 20 días naturales,  se entenderá que dicho lote queda en poder de Durán para que ésta, expresamente autorizada a estos fines por el depositante/vendedor, como mediadora y sin necesidad de previo aviso, pueda proceder, a una nueva subasta del mismo,   pudiendo Durán en este caso fijar la cifra de salida que considere más prudente.

Y a los expresados fines, queda asimismo expresamente autorizada y facultada Durán para emplear los medios, sistemas y soportes electrónicos y comerciales, propios o de otras sociedades del Grupo de Empresas al que pertenece, que estime convenientes.

10.- GASTOS DE TRANSPORTE , ALMACENAJE Y PERMISOS ESPECIALES

Si el depositante/vendedor solicitara de Durán la recogida y el transporte de los lotes hasta los locales de la empresa, los gastos en que se incurra serán de su cuenta y de su exclusiva responsabilidad los daños que pudieren ocasionarse durante el transporte. Los gastos serán: Mínimo de 90 € en el caso de cuadros y objetos varios y 120€ para muebles, lámparas, alfombras y espejos de pared. En ambos casos y cuando se trate de más de un cuadro, objeto, mueble, lámpara, alfombra o espejo se valorará cada caso particular en función del volumen, peso y dificultad de manipulación. Las indicadas tarifas no incluyen I.V.A.

Durán no se hará cargo del transporte de pianos así como de todos aquéllos objetos u obras de arte para los que no esté capacitada.

Durán gestionará los portes según las tarifas anteriormente detalladas en Madrid capital. Para el extrarradio tendrán un suplemento de 3 € por kilómetro recorrido.

El depositante/vendedor es exclusivamente responsable de obtener y de aportar a Durán, a su exclusiva cuenta y cargo, la documentación legal y administrativa, licencias y permisos de cualquier clase, incluidos los de exportación e importación, que sean eventualmente requeridos por las Autoridades Públicas y Administraciones, nacionales e internacionales, para el legal transporte y comercialización de los objetos y obras de arte que sean depositados en Durán para su venta.  

Los lotes que no se hayan vendido en la subasta y no los retire el Depositante / Vendedor en un plazo de 20 días naturales a partir de la fecha en que se haya realizado la subasta, generarán unos gastos de almacenaje, por cada uno de los lotes de 3€ diarios (I.V.A. no incluído) y 6€ diarios (I.V.A. no incluido) para muebles, lámparas, alfombras y cualquier objeto que por tamaño, volumen, peso o naturaleza esté almacenado en nuestros locales de Camino de Hormigueras 160 . Ningún lote podrá ser retirado si no se ha abonado la cantidad generada por este concepto.

En el caso de que el Depositante / Vendedor haya acordado con Durán un nuevo preciio base,  de salida en subasta, venta directa u otros medios, sistemas y soportes electrónicos y comerciales, propios o de otras sociedades del Grupo de Empresas al que pertenece,  no se generarán gastos de almacenaje hasta que se celebre la próxima subasta o campaña de venta.

11.- TASACIONES DE OTROS EXPERTOS

En los casos en los que el depositante/vendedor entregue un objeto u obra de arte solicitando certificaciones o tasaciones de expertos ajenos a Durán, los honorarios profesionales y gastos que se devenguen de tal circunstancia serán de su exclusiva cuenta y cargo, no admitiendo Durán responsabilidad ninguna por errores en la calificación o expertización que sea realizada por aquellos.

12.- SERVICIO DE VALORACIONES

Durán dispone de un servicio de valoración que realiza tasaciones por escrito para seguros, testamentarias, repartos de bienes, adjudicaciones en pago de deudas y otros, realizando estas tasaciones, en el caso de bibliotecas, libros y manuscritos, previo presupuesto debidamente aceptado, o bien, cuando se trate de pinturas, joyas y otros objetos de arte, con arreglo a las siguientes tarifas:

  • 2% sobre una valoración total inferior a 9.000 €
  • 1,5% de 9.000 a 30.000 €
  • 1% sobre una valoración total superior a 30.000 €

Las indicadas tarifas no incluyen el IVA, así como tampoco incluyen los gastos y dietas que se produzcan con ocasión de la prestación de los servicios de valoración fuera del término municipal de Madrid Capital.

II.- DEPOSITANTE/VENDEDOR

13.- CAPACIDAD

Durán presume que el depositante/vendedor tiene la capacidad legal necesaria para contratar, la pacífica posesión y el pleno poder de disposición sobre los bienes objeto de subasta o venta. El depositante/vendedor exonera de toda responsabilidad a Durán y asumirá en su totalidad cualesquiera consecuencias, perjuicios y gastos que eventualmente se deriven de los defectos de capacidad, de titularidad o de libre disposición del depositante/vendedor, o con ocasión de reclamaciones efectuadas por terceros sobre los objetos depositados para subasta o venta. 

El depositante/vendedor deberá presentar su D.N.I. o documento de identidad válido provisto de fotografía. Durán entregará el recibo de admisión y  como documento anexo al mismo, un ejemplar de las presentes Condiciones Generales. Si el depósito lo realiza a nombre de persona jurídica deberá presentar escritura pública de constitución,  tarjeta acreditativa del número de identificación fiscal así como documento que acredite poderes suficientes para actuar en nombre de la sociedad. En caso de actuar en nombre de  un tercero deberá aportar autorización escrita y acompañada de fotocopia del D.N.I. o documento de identificación válido provisto de fotografía,  para realizar el depósito. Durán guardará copia de los documentos aportados en sus archivos.

14.- ABONO DE LOS GASTOS

El depositante/vendedor autoriza a Durán para que, del precio de remate y/o venta directa, deduzca o facture, si los hubiera, los gastos en que se incurra hasta el momento en que la subasta o venta directa se produzca, así como los impuestos correspondientes a estos gastos al tipo que se encuentre vigente y sea aplicable en cada momento.

Los aludidos gastos serán satisfechos a Durán de conformidad con cualquiera de las alternativas previstas en estas Condiciones Generales.

Todo lo anterior será aplicable a los objetos vendidos en venta directa posterior a la subasta o campaña de venta directa.

15.- DERECHO A RETIRAR LOS LOTES

En el caso de que el depositante/vendedor decida, después de la inclusión de un lote en una próxima subasta o campaña de venta directa, no llevar a término la venta en para cuya realización solicitó la mediación de Durán, ésta tendrá derecho a exigir del mismo, en concepto de gastos ocasionados e indemnizaciones: (i)  una cantidad equivalente al 21 % del valor fijado como cifra de reserva, si hubiera sido establecida, o en su defecto, del valor de la cifra de salida o base ; y (ii) el íntegro reembolso de los gastos y servicios efectivamente ocasionados y prestados hasta ese momento, relacionados en las Condiciones 2, 3, 4, 8, 10, 11 y 12.

16.- DERECHOS O CORRETAJE DE DURÁN

Al efectuar al depositante/vendedor la liquidación del lote subastado o vendido, Durán detraerá del mismo, por la mediación realizada, un porcentaje por el concepto de derechos o corretaje, que incluirá el IVA correspondiente.

Dicho porcentaje se establecerá de común acuerdo entre el depositante/vendedor y Durán para cada lote depositado y figurará en el correspondiente recibo de admisión del mismo.

17.- CESIÓN DE ACCIONES EN RECLAMACIÓN JUDICIAL

Trascurridos 30 días naturales desde la adjudicación en subasta o venta de un lote sin que por parte de su adjudicatario/comprador se hubiera procedido a abonar el correspondiente precio de remate, Durán realizará sus mejores esfuerzos y oficios en orden a obtener de dicho adjudicatario/comprador las pertinentes cantidades, pudiendo optar el depositante/vendedor, si tales gestiones fracasan, por una doble alternativa: (i) sacar de nuevo el lote a subasta; o bien, (ii) conferir su representación procesal a  Durán, sus abogados y/o procuradores, para entablar la pertinente reclamación judicial, asumiendo en este caso el depositante/vendedor los gastos que se deriven o devenguen de dichas actuaciones judiciales.

Y para el supuesto de que el depositante/vendedor no actúe o no dé instrucciones a Durán sobre cualquiera de las alternativas indicadas en el párrafo precedente, el depositante/vendedor expresamente autoriza a Durán para que proceda, sin necesidad de previo aviso, a la venta directa del lote en cuestión, o a su nueva subasta, en la cifra de salida y/o precio mínimo de venta en su día fijado, quedando expresamente facultada Durán para emplear a esos fines los medios, sistemas y soportes electrónicos y comerciales, propios o de otras sociedades del Grupo de Empresas al que pertenece, que estime convenientes.

18.- LIQUIDACIÓN AL VENDEDOR

Durán liquidará al depositante/vendedor la cantidad que corresponda, después de las deducciones por gastos, corretaje de Durán, derechos de autor -si fueran aplicables- e impuestos, a partir de los treinta días siguientes a la fecha en que se celebró la subasta, siempre que el lote esté abonado por el adjudicatario/comprador. En el supuesto de producirse falta de pago por parte del adjudicatario/comprador se aplicarán las previsiones contenidas en la Condición precedente.

Excepcionalmente y para los casos en los que la Administración ejercite su derecho de tanteo, se procederá a la liquidación de la cantidad que corresponda conforme al procedimiento de pago y plazos específicamente previstos para estos supuestos en la Ley. No serán de aplicación a estos casos las previsiones contenidas en la Condición 17.

III.- OTROS

19.- DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL

Los derechos de los autores y de sus herederos sobre sus obras y creaciones se respetarán con arreglo a la Ley de Propiedad Intelectual. Cuando así proceda, al precio de adjudicación y/o de venta de la obra de autores sujetos a la Ley de Propiedad Intelectual se aplicará la deducción correspondiente, que será por cuenta del depositante/vendedor.

20.- IVA Y TRIBUTOS

Salvo que otra cosa se diga expresamente en algún otro lugar de estas Condiciones Generales, todas las cifras, tarifas e importes que en las mismas se indican se entenderán expresados sin incluir el IVA o cualquier otro tributo que fuese exigible.   

21.- SUMISIÓN Y LEY APLICABLE

En el caso de que surgieran discrepancias entre las partes por razón de las operaciones de venta y/o  subasta, el depositante/vendedor, el adjudicatario/comprador y Durán, con renuncia a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, se someten a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Madrid.

Las operaciones en que interviene Durán, en cuanto a su calificación jurídica y efectos consiguientes, quedan sometidas a las normas del Derecho Español y más en concreto a los preceptos que regulan los contratos de mediación y de depósito.

22.- RECIBOS DE ADMISIÓN

En el momento de realizar el depósito de un lote, el depositante/vendedor deberá presentar su D.N.I. o documento de identidad válido provisto de fotografía. Durán entregará el recibo de admisión y  como documento anexo al mismo, un ejemplar de las presentes Condiciones Generales. Si el depósito lo realiza a nombre de persona jurídica deberá presentar escritura pública de constitución,  tarjeta acreditativa del número de identificación fiscal así como documento que acredite poderes suficientes para actuar en nombre de la sociedad. En caso de actuar en nombre de  un tercero deberá aportar autorización escrita y acompañada de fotocopia del D.N.I. o documento de identificación válido provisto de fotografía,  para realizar el depósito. Durán guardará copia de los documentos aportados en sus archivos.

En el recibo declarará que conoce el contenido de las presentes Condiciones y que las recibe en el mismo momento, quedando, por tanto, sometido a ellas.

Los objetos y obras de arte se admitirán en el estado en que se encuentren, no aceptando Durán ninguna reclamación sobre restauraciones, roturas, desperfectos, etc., aunque no se hayan hecho constar en el correspondiente recibo de admisión.

23.- DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

En cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se informa de que los datos personales recabados con ocasión de la contratación de los servicios de mediación ofrecidos por “DURÁN SALA DE ARTE S.A.” serán almacenados en ficheros, propiedad de la empresa, con la finalidad de establecer una base de datos de clientes y a efectos informativos. Igualmente, se informa de que tales ficheros podrán ser cedidos a otras sociedades del Grupo de Empresas al que pertenece “DURAN SALA DE ARTE, S.A.”, a los efectos previstos en las precedentes Condiciones 9 y 17, así como con fines informativos y de seguimiento de clientes. En este caso, los titulares de los datos personales serán debidamente informados.

Por lo mismo, en caso de que el titular de tales datos en cualquier momento quisiera ejercitar los derechos de acceso, oposición, rectificación o cancelación de sus datos personales deberá solicitarlo por escrito, aportando fotocopia del Documento Nacional de Identidad, a:

DURÁN SALA DE ARTE, S.A.

C/ Goya nº 19

28001 Madrid

IV.- CONDICIONES ESPECÍFICAS EN MATERIA DE IDENTIFICACIÓN DE LOS LOTES

Cualquier manifestación impresa en el catálogo y referida a la autoría, autenticidad, atribución, origen, fecha, edad, procedencia y condición de los lotes es siempre la expresión de una opinión que se rige por los términos interpretativos que a continuación detallamos:

a)  FRANCISCO DE GOYA Y LUCIENTES (NOMBRE Y APELLIDOS). Significa que, en nuestra opinión, es una obra auténtica del artista mencionado.

b)  ATRIBUIDO A FRANCISCO DE GOYA Y LUCIENTES (NOMBRE Y APELLIDOS). Significa que, en nuestra opinión, es una obra probable del mencionado artista, pero teniendo en cuenta la existencia de opiniones contradictorias por parte de conocidos expertos o autoridades en la materia.

c)  F. DE GOYA Y LUCINTES (INICIAL O INICIALES DEL NOMBRE Y APELLIDOS). Significa que, en nuestra opinión, es una obra de la época del artista mencionado y que puede ser total o parcialmente de su mano.

d)  TALLER DE FRANCISCO DE GOYA Y LUCIENTES (NOMBRE Y APELLIDOS). Significa que, en nuestra opinión, es obra realizada por una mano desconocida en el taller del artista mencionado, no necesariamente bajo su dirección.

e)  CÍRCULO DE FRANCISCO DE GOYA Y LUCIENTES (NOMBRE Y APELLIDOS). Significa que, en nuestra opinión, es obra realizada por un pintor desconocido o no identificado por nosotros, pero siguiendo aparentemente el estilo del artista mencionado, aunque no sea necesariamente su discípulo.

f)  ESTILO DE.......Y SEGUIDOR DE FRANCISCO DE GOYA. Significa que, en nuestra opinión, es obra realizada por un pintor trabajando al estilo del artista mencionado, que puede ser o no contemporáneo suyo pero no necesariamente su discípulo.

g)  GOYA O GOYA Y LUCIENTES (APELLIDOS). Significa que, en nuestra opinión, es obra realizada al estilo del artista mencionado pero indudablemente de época posterior a su muerte o a su período activo.

h)  COPIA DE FRANCISCO DE GOYA. Significa que, en nuestra opinión, se trata de una copia de una obra célebre del artista mencionado, realizado en época muy posterior a su ejecución.

i)  ESCUELA ESPAÑOLA SIGLO XVIII (Escuela con fecha): Significa que, en nuestra opinión, se trata de una obra realizada por un artista de esta nacionalidad o trabajando en España y realizada en el siglo XVIII o según los cánones de esta época.

j)  ESCUELA ESPAÑOLA (Escuela sin fecha): Significa que, en nuestra opinión, se trata de una obra realizada siguiendo el estilo de un artista español determinado o indeterminado, independientemente de la época o de la nacionalidad de su autor.

k)  El término FIRMADO significa que, en nuestra opinión, la firma es la auténtica del artista o ejecutada con su conocimiento.

l)  El término CON FIRMA DE significa que, en nuestra opinión, la firma está realizada por una mano distinta a la del artista mencionado y sin su conocimiento.

m)  El término FECHADO significa que, en nuestra opinión, la fecha es de la mano del artista mencionado.

n)  El término CON FECHA DE significa que la fecha ha sido añadida por una mano distinta a la del artista.

o)  Cuando ponemos un asterisco (*) precediendo la designación del artista, queremos significar que no conocemos más datos sobre el nombre del artista, aunque pueda ser obra auténtica.

V.- OBJETOS ANTIGUOS

A efectos de catálogo se consideran como antiguos todos los objetos que tengan más de cincuenta años a partir de la fecha de realización.

VI.- RELOJES

Cuando hacemos constar que un reloj está en estado de marcha, queremos indicar que, por lo menos, contiene todas las piezas que permitan su puesta en marcha con una reparación.

TARIFAS DE ALMACENAJE Y PORTES

I. ALMACENAJE

Los lotes que figuran en catálogo con el signo ‡ delante del nº de lote se llevarán al almacén de Durán Sala de Arte S.A. en Camino de Hormigueras 160. Estos lotes están sujetos a gastos de almacenaje según las condiciones descritas en la condición 17 de las Condiciones Generales de Contratación que establece que aquellos lotes que no se hayan pagado y retirado en un plazo máximo de 20 días naturales desde la fecha de ajudicación en la subasta devengarán unos gastos de custodia y almacenamiento por lote y día de 6 € (I.V.A no incluido).

II. PORTES

Los lotes trasladados al almacén de Durán Sala de Arte S.A. en Camino de Hormigueras 160 (Polígono Industrial de Vallecas), se podrán recoger en dicho almacén, una vez se haya efectuado el pago en su totalidad y previa presentación de la orden de entrega que Durán le facilitará.

MBS Services (Fijo: 91.541.48.94  Móvil: 672.471.975) se puede encargar de enviarle los lotes adquiridos si así lo solicita. Si el comprador ha asistido personalmente a la subasta, la solicitud se puede realizar en persona durante el transcurso y hasta el final de la subasta. En caso contrario podrá realizar la solicitud mediante fax o correo electrónico una vez efectuado el pago de los lotes adjudicados.

Si así lo solicita, MBS Services (Fijo: 91.541.48.94  Móvil: 672.471.975), le proporcionará una estimación de los costos de envío así como asesoramiento sobre el medio de transporte más idóneo y económico.

Los compradores podrán gestionar directamente las condiciones de envío con la compañia de trasnportes:

MBS Services

Fijo: 91.541.48.94

Móvil: 672.471.975

marcio@mbservices.es

www.mbservices.es

 

III. RECOGIDA EN ALMACENES DE DURÁN

Los lotes almacenados en nuestras instalaciones de Camino de Hormigueras 160 (Polígono Industrial de Vallecas) podrán recogerse de lunes a viernes en horario de 9:00 a 13:00 horas previo acuerdo y presentación de la orden de entrega que Durán le facilitará o hará llegar al personal del almacén.

 

 
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